Condominios

En esta sección queremos orientarte referente a lo que debes tener en cuenta para asegurar correctamente un condominio.

 

En Adelante Seguros tenemos suficiente experiencia para ayudarte a que cuides de tu patrimonio o de los condóminos que están confiando en ti como administrador del mismo. 

 

En la mayoría de los casos quien contrata el seguro es la administración o la Asociación Civil del condominio, aquí surgen dos figuras importantes:

 

Contratante: Es quién solicita el seguro y quién paga la prima. El contratante no es el beneficiario del seguro, pero si debe tener “interés asegurable” en solicitarlo, ya sea por que es parte de sus responsabilidades o porque es de su interés que se encuentre asegurado.

 

Asegurado: Es quién recibe el beneficio del seguro, normalmente el propietario del bien, y quién generó instrucciones al contratante para la contratación del mismo.

 

En la póliza debe estar muy claro estas dos figuras.

 

Cuando la Asociación ya esta plenamente conformada, normalmente los propietarios de los indivisos (cada departamento) son quienes forman la Asociación, y nombran cada determinado tiempo al representante legal de la misma.

 

En caso de que no exista la Asociación, probablemente porque el régimen de condóminos no existe, se deberán mencionar en la póliza a TODOS los propietarios de los indivisos.

 

Una vez definido este tema, el siguiente paso es revisar que es lo que se va a asegurar y contra que riesgos se deben asegurar.   Hay que tomar en cuenta que esto es el patrimonio de todos los propietarios, cualquier omisión significa dejar al descubierto parte del patrimonio.

¿QUE VAMOS A ASEGURAR (BIENES) Y CONTRA QUE (RIESGOS)?

Edificio

Aquí se ampara la estructura y sus áreas comunes.

 

 

 

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Contenidos

En esta sección son los contenidos bajo responsabilidad de la administración.

 

 

 

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Resp. Civil

Aquí a diferencia de los anterior donde lo cubierto son los daños propios, esta sección cubrirá los daños que podamos ocasionar a terceros. 

 

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Además de lo expuesto en cada una de las secciones arriba detalladas, hay que tomar en cuenta lo siguiente. 

 

OTRAS CONSIDERACIONES A CONTEMPLAR:

 

  • Las pólizas empresariales tienen una Cláusula que penaliza cuando no se declaran los valores al 100% “Cláusula de Proporción Indemnizable” paga cualquier siniestro por mínimo que sea en la misma proporción en que esta asegurado el condominio. Por ejemplo si los valores son el 80% de lo real los siniestros serán pagados al 80%. 
  • La cobertura de Incendio, rayo y/o explosión debe ser sin deducible. 
  • Para la cobertura de terremoto y/ erupción volcánica el deducible debe ser sobre indiviso afectado. (no sobre la suma asegurada del condominio). 
  • Para la cobertura de fenómenos hidrometeorológicos el deducible debe ser sobre indiviso afectado. (no sobre la suma asegurada del condominio).
  • Hay compañías que pueden eliminar el COASEGURO de la cobertura de Terremoto, es bueno analizar esta oferta ya que muchas veces representa +20% de la participación del asegurado en caso de siniestro.
  • Hay que revisar los bienes que se encuentran a la intemperie y solicitar cobertura, asi como valorarlas.  Esto puede ser incluso maquinaria en los techos de los condominios, no solamente mobiliario.
  • Se debe incluir la Cláusula de Errores en Avalúo lo que cubre alguna desviación en los valores protegiendo contra la aplicación de la cláusula de proporcionalidad.

 

 


Descarga
Cuestionario básico para el aseguramiento de condominios
Sirve para recabar información básica para el seguro de un condominio
Cuestionario para Condominios.pdf
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